Derecho
civil:
El derecho está inspirado en principios de justicia y permite desarrollar las leyes que regulan
el funcionamiento de una sociedad. Civil, por su parte, se refiere a lo relativo a los ciudadanos o a las ciudades.
Derecho penal: Con origen en el vocablo latino directum,
el derecho se
refiere a los postulados de
justicia que
conforman el orden normativo de una sociedad. Basándose
en
las relaciones sociales, el
derecho es el conjunto de normas que
ayudan a resolver los conflictos derivados de la conducta humana.
Derecho administrativo: Derecho administrativo es la rama del derecho que se
encarga de la regulación de
la administración pública.
Se trata, por lo tanto, del ordenamiento jurídico respecto a su organización,
sus servicios y sus relaciones con los ciudadanos.
Derecho mercantil: Dentro de las múltiples ramas del derecho, el derecho mercantil (también
conocido como derecho comercial)
es aquella dedicada a regular las relaciones entre las personas, los contratos y las acciones de comercio.
Magistrado: Persona
que tiene el oficio o el cargo de juez.
Fiscal: Del
latín fiscalis, fiscal es
un adjetivo que
hace referencia a lo vinculado al fisco (el
tesoro público o el grupo de las entidades públicas dedicadas a recaudar
impuestos). El fiscal, por lo tanto, puede ser el ministro que
se dedica a cuidar e impulsar los asuntos de interés para el fisco.
Jurisdicción: Poder o autoridad para gobernar y poner en ejecución las leyes o para
aplicarlas en juicio.
Sentencia: Resolución de un juez o un
tribunal con la cual se concluye un juicio o un proceso.
Fallo
(der.): Es el apartado final de una sentencia en la que el
juez resuelve el objeto del pleito planteado y especifica la decisión tomada y
las consecuencias de la misma para las partes litigantes.
Recurso: Reclamación mediante escrito contra las
resoluciones determinadas bien ante la autoridad que las dictó, bien ante
alguna otra.
Jerarquía: Organización de personas o cosas en una escala
ordenada y subordinante según un criterio de mayor o menor importancia o
relevancia dentro de la misma.
Potestad: Persona que
tiene este poder o autoridad.
Disciplinario: Que sirve para mantener la disciplina o para imponer algún castigo o
sanción.
Permiso retribuido: Los permisos retribuidos son un tipo de permiso en que el tiempo de
ausencia del trabajador implica que este recibirá una compensación económica mientras
no trabaje en la empresa.
Buena fe: Antes de definir el significado de este concepto deberemos explicar
lo que implican las dos palabras con las que se halla construido: buena y fe.
Bueno, del latín bonus,
es un adjetivo que señala aquello que posee bondad y que resulta encantador, atractivo,
apetitoso o conveniente. La persona buena, en este sentido, evidencia una
predisposición a realizar el bien, mientras que las cosas buenas son las que
superan lo frecuente u ordinario. Cabe destacar que la noción de bueno es
tautológica, ya que bueno es lo que está bien y se define en oposición a lo que
está mal.
Diligencia: Cuidado, prontitud, agilidad y eficiencia con
que se lleva a cabo una gestión
Competencia: Disputa entre personas, animales o cosas que aspiran a un mismo objetivo
o a la superioridad en algo.
Exclusividad: Nos referirnos a algo único, que deja de lado
otras opciones, pues las excluye.
Productividad: Capacidad de producción por unidad de trabajo, superficie
de tierra cultivada, etc.
Intimidad: Aspecto interior o profundo de una persona, que comprende sentimientos,
vida familiar o relaciones de amistad con otras personas.
Honor: Cualidad moral que impulsa a una persona a actuar rectamente, cumpliendo
su deber y de acuerdo con la moral.
Acoso: Acción de acosar.
Custodia: Responsabilidad que se tiene sobre la educación y el bienestar de una
persona menor de edad.
Consanguinidad: Parentesco natural de una persona con otra u otras que descienden de los
mismos antepasados.
Afinidad: Parecido, relación o analogía de una cosa con otra.
Grado de
parentesco: El
parentesco se refiere a los vínculos entre miembros de una familia
Día hábil: Un día natural o corrido es un día normal, independiente de los festivos
o fines de semana, mientras que un día hábil o día laborable es, por exclusión,
aquél que no es festivo.
Día natural: Tiempo que
emplea la Tierra
en dar una vuelta sobre sí misma, equivalente a 24 horas, y que se utiliza como
unidad de tiempo; se cuenta normalmente desde las doce de la noche hasta
veinticuatro horas después.
Negociación: Acción
de negociar.
Convenio colectivo: Acuerdo entre dos o más personas o entidades sobre
un asunto.
Representativo: Que representa o sirve para representar a alguien
o algo.
Comité: Grupo de personas encargadas de un asunto, especialmente si lo hacen
en representación de una colectividad.
BOE: Un texto consolidado es el documento que integra en el texto original de
una norma las modificaciones y correcciones que ha tenido desde su origen.
Afiliación: Acción de afiliar o afiliarse.
Piquete: Pequeño grupo de soldados designado para hacer un
servicio extraordinario, en especial fusilamientos.
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